Para consultar sus sanciones y multas deberá seguir los siguientes pasos:
No, para las multas solo se cuentan los días hábiles.
El valor de la multa según la circular de actualización derechos pecuniarios en el artículo 15° del Acuerdo N° 004 de 2006, expedido por el Consejo Superior Universitario que dispone: “Por cada día de exceso en el uso de libros de consulta general o por cada hora de exceso en el uso de libros de referencia en la Universidad, el usuario deberá pagar una décima parte de un salario mínimo diario legal vigente.”
En caso de tener multa, el usuario tendrá disponible los servicios mencionados en la Carta de Servicios , excepto préstamo externo, prestamos interbibliotecario, prestamos de recursos tecnológicos.